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RINRevista Internacional del Notariado
Cuadro comparativo

La «muerte digital» · Academia Notarial de la CAE, Turín, noviembre de 2025

Cuadro de síntesis de las reglamentaciones europeas

El destino de los datos personales y de los activos digitales en caso de fallecimiento, país por país

Turín, noviembre de 202512 min de lecturaIdioma original: francés

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Régimen que regula el destino de los datos personales en caso de fallecimiento

Régimen que regula la transmisión de los activos digitales (con valor patrimonial)

Papel desempeñado por el notario en la transmisión digital

Plataforma notarial de gestión, conservación y transmisión de los datos digitales

Unión Europea

El considerando 27 del Reglamento UE 2016/679 sobre la protección de los datos personales dispone que «el reglamento no se aplica a los datos personales de las personas fallecidas. Los Estados miembros pueden prever normas relativas al tratamiento de los datos personales de las personas fallecidas».

La atribución de los activos digitales depende de la ley aplicable a la sucesión, definida por el Reglamento europeo n.º 650/2012 en los Estados participantes en el reglamento.

PAÍSES CON DISPOSICIONES LEGALES o JURISPRUDENCIA QUE REGULAN EL DESTINO DE LOS DATOS PERSONALES TRAS EL FALLECIMIENTO

Francia

Ley n.º 2016-1321 de 7 de octubre de 2016 para una República digital.

  • Principio de extinción de los derechos sobre los datos personales al fallecimiento;
  • Salvo que el difunto hubiera dado directivas anticipadas sobre el acceso a esos datos, su conservación, su supresión, comunicación, etc.1

A falta de directivas anticipadas dadas por el difunto, los herederos pueden solicitar un acceso restringido a las cuentas del difunto, a condición de que se refieran a la organización o a la liquidación de la sucesión, a la supresión o a la actualización de la cuenta de usuario, o se asemejen a recuerdos de familia.

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica)

Sí

Planificación (ayuda para la redacción de las directivas anticipadas…)

No

Alemania

  • Sin legislación específica
  • Pero existe una jurisprudencia importante que establece un principio de supervivencia de los derechos sobre los datos personales y de transmisibilidad a los herederos. El Tribunal Federal de Justicia de Karlsruhe (Bundesgerichtshof)2 dictó en 2018 una decisión de principio que autoriza a los herederos a acceder a la cuenta de Facebook de una persona fallecida, asimilando el contrato de usuario de una red social a cualquier otro bien de la sucesión (dicho de otro modo, la cuenta de Facebook sería transmisible a los herederos como cualquier otro contrato o documento).
  • Por excepción, los acuerdos pueden prever que los derechos o los contratos no se transfieran a los herederos, pero las condiciones generales correspondientes carecen de efecto.

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

El heredero o los herederos se convierten automáticamente en propietarios de todos los bienes digitales, cualquiera sea su contenido (profesional, personal).

No

Italia

-El art. 2-terdecies, apdo. 1, del Decreto legislativo n.º 196/2003 permite obtener –conforme al art. 15 del RGPD– acceso a todos los datos del difunto y «almacenados» por el responsable del tratamiento.

-Según la ley de 10 de agosto de 2018, n.º 101:

  • Principio de supervivencia de los derechos del interesado tras su fallecimiento
  • Salvo que el difunto haya prohibido expresamente el ejercicio post mortem de sus derechos por sus causahabientes, mediante una declaración escrita comunicada al responsable del tratamiento de los datos personales. (Tribunal de Bolonia, sección I, auto de 25 de noviembre de 2021)

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica)

Sí

El Consejo Nacional del Notariado presentó una breve guía sobre el régimen jurídico de la «herencia digital»: https://www.notariato.it/it/notariato/eredita-digitale/

No

España

Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (art. 96 de la LOPDDGDD) y art. 2 del Código de la Privacidad.

• Principio de supervivencia de los derechos del interesado tras su fallecimiento: los herederos u otras personas autorizadas pueden acceder a las cuentas digitales y a los datos personales del difunto, modificarlos o suprimirlos.

  • Salvo que el difunto lo haya prohibido expresamente en vida (en un testamento, por ejemplo).

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica)

Sí

La manera más práctica de gestionar la herencia digital consiste en incluir instrucciones específicas sobre los bienes digitales en un testamento abierto y notarial. Ello permite asegurarse de que los herederos sepan cómo actuar y de que se respeten los deseos del difunto.

No

Cataluña (España)

Art. 411-10.6 CCCat

  • Principio de extinción de los datos personales: a falta de disposiciones adoptadas por el difunto, se presume la voluntad de supresión o de extinción de los perfiles digitales. No hay autorización tácita de gestión por los herederos.
  • Posibilidad de designar un «albacea digital».

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica)

sí

No

Portugal

Ley n.º 58/2019 de 8 de agosto (Asegura la ejecución, en el ordenamiento jurídico nacional, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.)

Los derechos previstos en el RGPD relativos a los datos personales de personas fallecidas, comprendidos en el apartado anterior, a saber, los derechos de acceso, rectificación y supresión, son ejercidos por quien la persona fallecida haya designado a tal efecto o, en su defecto, por sus herederos.

Los interesados también pueden, conforme a la ley aplicable, disponer la imposibilidad de ejercer los derechos mencionados en el apartado anterior después de su fallecimiento.

  • Dicho de otro modo:
  • Principio de supervivencia de los derechos: los herederos pueden acceder a las cuentas digitales y a los datos personales del difunto;
  • Salvo que el difunto lo haya prohibido expresamente en vida o haya designado a otra persona para ejercer esos derechos.

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

En los mismos términos que los demás bienes de la herencia

No

Georgia

  • Existencia de un régimen que regula estrictamente el acceso a los datos personales del difunto:

La ley de protección de datos personales contiene una regla explícita sobre las personas fallecidas. El artículo 8 de la ley georgiana de protección de datos personales autoriza el tratamiento de los datos personales de una persona fallecida (a) por los motivos jurídicos habituales, (b) salvo que los allegados lo hayan prohibido, (c) transcurrido un plazo de 30 años desde el fallecimiento, o (d) cuando sea necesario para ejercer derechos sucesorios. Esto significa que los allegados y los administradores de la herencia disponen de vías jurídicas claras, pero también de límites3.

Georgia dispone de reglas que rigen el destino de los datos digitales de una persona tras su fallecimiento, pero no existe una ley única sobre la «sucesión de los bienes digitales» que prevalezca sobre las reglas ordinarias en materia de sucesión y de protección de datos. El resultado está determinado por una combinación (1) del Código Civil (derecho sucesorio), (2) de la ley georgiana de protección de datos personales y (3) de otras leyes sectoriales (por ejemplo, las comunicaciones electrónicas).

La sucesión se rige por el Código Civil. Los bienes (en sentido amplio) se transmiten a los herederos en virtud del Código Civil, ya sea por testamento, ya sea por sucesión legal; este marco se aplica a todos los bienes susceptibles de ser heredados. Si un bien digital tiene un valor patrimonial o económico y puede ser transferido, se aplican las reglas de sucesión. Sin embargo, los activos digitales, como las cuentas de redes sociales, las criptomonedas y los archivos digitales, no están mencionados explícitamente en la legislación georgiana4.

Sí.

En Georgia, el papel del notario en la herencia digital es indirecto pero importante, según la manera en que se clasifiquen y transfieran los activos digitales. Como se ha indicado, no existe en Georgia una ley específica sobre la «herencia digital». Por consiguiente, se aplican las reglas ordinarias en materia de sucesión previstas en el Código Civil georgiano, y el notario desempeña el papel de autoridad central encargada de supervisar el proceso sucesorio5. Dado que los «activos digitales» (correos electrónicos, redes sociales, monederos de criptomonedas, cuentas en línea, derechos de propiedad digitales, etc.) no están excluidos de la definición de propiedad, pueden formar parte de la sucesión.

La intervención del notario depende entonces de la naturaleza del bien: si se trata de activos financieros digitales (criptomonedas, monederos digitales) identificables y transmisibles por sucesión, el notario los registra como bienes hereditarios y puede certificar su transferencia a los herederos. Sin embargo, el acceso práctico (claves privadas) debe ser organizado por los propios herederos; el notario no puede pasar por alto las leyes sobre la confidencialidad o la protección de datos. La ley de protección de datos personales (art. 8) limita el tratamiento de los datos de las personas fallecidas, salvo que sea necesario con fines sucesorios. El notario no obtiene las contraseñas ni las claves privadas: los herederos deben proporcionarlas u obtener el acceso por medios legales. Las políticas de las plataformas (Google, Meta, Apple, etc.) exigen a menudo una decisión judicial o un certificado oficial de herencia expedido por el notario para divulgar los datos de la cuenta6.

No.

Ningún sistema notarial electrónico gestiona todavía directamente las «transferencias de patrimonio digital», aunque las firmas digitales y los sistemas notariales electrónicos (conforme a la ley de notarios) pueden utilizarse para formalizar las declaraciones7.

Régimen que regula el destino de los datos personales en caso de fallecimiento

Régimen que regula la transmisión de los activos digitales (con valor patrimonial)

Papel desempeñado por el notario en la transmisión digital

Plataforma notarial de gestión, conservación y transmisión de los datos digitales

PAÍSES SIN REGULACIÓN ESPECÍFICA

Reino Unido

Sin regulación específica

El Reino Unido está trabajando activamente en una legislación (en particular el Property (Digital Assets etc) Bill) que supondrá una diferencia significativa para la transferencia de los activos digitales al fallecimiento. Pero ninguna ley integral resuelve todavía todas las categorías de datos/cuentas digitales (correo electrónico, redes sociales, archivos en la nube, etc.) de todos los proveedores ni los derechos de acceso subyacentes. Por eso, en la práctica, la planificación sucesoria sigue siendo importante para asegurar que se cumplan los deseos del testador, es decir: enumerar las cuentas, las contraseñas, las instrucciones sucesorias, y designar a quien deba ser el «albacea» de los datos digitales.

No

No

Andorra

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

Armenia

Sin regulación específica

-

No

Bulgaria

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

No

No

Croacia

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

El notario lleva a cabo el procedimiento sucesorio como comisionado del tribunal

No

Estonia

Sin regulación específica

«Dado que no existen reglas particulares que rijan la sucesión de los bienes digitales, debemos partir del principio de que se aplican las reglas generales de sucesión previstas por el derecho sucesorio»8.

El notario es competente para la liquidación de la sucesión, pero la distribución o la transferencia de los activos digitales no forma parte, por lo general, del procedimiento sucesorio llevado a cabo por el notario9.

Estonia dispone de una buena infraestructura, que constituye la base de un «ecosistema» capaz de gestionar los activos digitales en el marco de los procesos sucesorios10. El sistema e-Notary permite a los notarios realizar estos procedimientos por vía digital. Estonia dispone de un sistema de identidad electrónica (e-ID) bien desarrollado y la capa de intercambio de datos X-Road (X-tee) permite una transferencia segura de los datos entre los organismos gubernamentales. El sistema jurídico estonio prevé reglas claras en materia de herencia y las leyes que rigen la protección de datos y los registros (como la ley de protección de datos personales) garantizan la seguridad del tratamiento de la información. No obstante, los activos digitales (por ejemplo, las criptomonedas, las cuentas de redes sociales) no están todavía cubiertos por el derecho sucesorio estonio. Se dan las condiciones para la implantación de futuros marcos jurídicos que podrían formalizar la herencia de los activos y de las cuentas digitales, pero la legislación todavía no existe11.

Grecia

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

No

No

Hungría

Sin regulación específica

A petición de los herederos, los «derechos y obligaciones vinculados a los datos» pueden ser objeto del procedimiento sucesorio en Hungría.

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

Solo a petición de los herederos; si estos no indican objetos de herencia digital en los documentos del procedimiento sucesorio, el notario no intervendrá.

No

Letonia

Sin regulación específica.

Los allegados o los herederos del difunto pueden ponerse en contacto individualmente con el responsable del tratamiento de los datos y organizar la transferencia o la supresión de los datos. Actualmente no se prevé ninguna base jurídica en la legislación nacional12.

Ausencia de regulación.

No

El notariado letón opera dos plataformas para el almacenamiento y la gestión de los datos de los clientes: DigiNotary, una plataforma que permite planificar y organizar citas con clientes en línea, en forma de videoconferencia, así como almacenar y gestionar la información de los clientes. Esto comprende los datos de contacto de los clientes y la lista de los documentos que se les han expedido (esta última solo visible para el cliente).

«NIIS» (en inglés: Internal Information System of Notaries) – una plataforma que permite verificar los datos de los clientes, actualizar los datos, obtener datos de registros públicos y redactar documentos.

Actualmente no se utiliza ninguna plataforma de transferencia de datos personales y de activos digitales13.

Lituania

Sin regulación específica

El libro quinto del Código Civil de la República de Lituania (Sucesiones), al igual que otras fuentes del derecho lituano, no menciona la herencia de los activos digitales. En otras palabras, la institución de la herencia de activos digitales no está actualmente regulada de manera directa en Lituania, ni en el Código Civil ni en otros actos jurídicos. Por otra parte, en cierta medida, la herencia de activos digitales debería ser igualmente posible en Lituania, aunque no esté regulada por la ley de forma clara y completa.

Se considera (esta opinión puede encontrarse en la doctrina jurídica y en artículos científicos) que en Lituania la posibilidad de heredar activos digitales deriva del principio de universalidad de la sucesión consagrado en el Código Civil, y que ya hoy, en Lituania, al menos en teoría, es posible heredar o bien el propio bien digital (si cumple los requisitos de un objeto de derechos de propiedad) o bien los derechos de autor sobre el bien digital (si dicho bien digital cumple los criterios aplicables a un objeto de propiedad intelectual).

Otra opinión, que también es correcta en cierta medida en el contexto pertinente, es que la herencia de los datos contenidos en cuentas personales —como las de correo electrónico, redes sociales o bibliotecas digitales— no se rige por las disposiciones del derecho sucesorio, sino que está determinada por los acuerdos o las condiciones de uso establecidos entre el usuario y el proveedor del servicio. Por ejemplo, muchas plataformas permiten a los usuarios designar a personas que puedan gestionar sus cuentas en caso de fallecimiento.

Sí

Si los herederos acudieran a un notario y presentaran documentos que prueben los derechos de propiedad de la persona fallecida sobre determinados activos digitales o los derechos de autor sobre el bien digital, el notario podría expedir un certificado sucesorio.

No

Malta

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

No

No

Macedonia del Norte

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

No

Eslovaquia

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

No

No

Eslovenia

Sin regulación específica

Los activos digitales no están regulados en el derecho sucesorio de Eslovenia, ni siquiera en el derecho internacional privado.

No

No

Serbia

Sin regulación específica

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

Si el notario actúa como comisionado del tribunal, expedirá el certificado sucesorio

No

Suiza

Sin regulación específica.

A falta de una regulación específica y exhaustiva en Suiza sobre el destino de los datos y de los activos digitales tras el fallecimiento, su suerte está determinada por una combinación de principios del derecho de sucesiones, del derecho de la personalidad, del derecho de protección de datos y, en gran medida, por las condiciones generales de uso (CGU) de los servicios en línea. La transmisión, en su caso, se apoya en fundamentos legales indirectos y analógicos.

Conviene aplicar las reglas generales del derecho de sucesiones y, en su caso, del derecho de protección de datos, teniendo en cuenta la naturaleza del activo o del dato.

Sí

En Suiza, el notario puede participar en la transmisión digital, principalmente en caso de fallecimiento, aunque no exista una regulación específica que detalle su papel en este ámbito particular. Su intervención deriva de sus funciones generales en materia de sucesión y de su deber de diligencia.

No

Turquía

Sin regulación específica.

Las cuentas de redes sociales de la persona fallecida permanecen tal como están. Las cuentas de administración electrónica de la persona fallecida se cierran y su firma electrónica se revoca.

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí14

Ucrania

Sin regulación específica.

Los contratos celebrados con servicios en línea pueden contener disposiciones que limiten la transferencia de datos y de activos digitales a terceros tras el fallecimiento

Régimen de derecho común (sigue la sucesión hereditaria clásica).

Sí

El papel del notario en el proceso de transmisión de la herencia puede consistir en obtener la información necesaria sobre la existencia de datos y de activos digitales y en expedir un certificado de derecho a la herencia sobre los datos y activos digitales correspondientes. En este caso, el objeto de la herencia pueden ser tanto derechos derivados de ciertos contratos como activos digitales o datos que tengan las características de un bien.

No

Notas

  1. 1

    Artículo 85 de la ley: Toda persona puede definir directivas relativas a la conservación, a la supresión y a la comunicación de sus datos personales después de su fallecimiento

    ↩ Volver al texto
  2. 2

    Bundesgerichtshof (BGH) = Tribunal Federal de Justicia, sentencia de 12 de julio de 2018 –III ZR 183/17

    ↩ Volver al texto
  3. 3

    La ley de protección de datos personales contiene una regla explícita sobre las personas fallecidas. El artículo 8 de la Ley de Georgia de Protección de Datos Personales permite el tratamiento de los datos personales de una persona fallecida (a) por los motivos jurídicos habituales, (b) salvo que los parientes cercanos lo hayan prohibido, (c) transcurridos 30 años desde el fallecimiento, o (d) cuando sea necesario para ejercer derechos sucesorios. Esto significa que los parientes y los administradores de la herencia disponen de vías jurídicas claras, pero también de límites.

    ↩ Volver al texto
  4. 4

    «Georgia tiene reglas que inciden en lo que ocurre con los datos digitales de una persona tras su fallecimiento, pero no existe una ley única de “herencia de activos digitales” que prevalezca sobre las reglas ordinarias de sucesión y de protección de datos. El resultado está determinado por una combinación de (1) el Código Civil (derecho sucesorio), (2) la Ley de Georgia de Protección de Datos Personales y (3) otras leyes sectoriales (por ejemplo, comunicaciones electrónicas). La sucesión se rige por el Código Civil. Los bienes (en sentido amplio) pasan a los herederos conforme al Código Civil, ya sea por testamento o por sucesión legal; ese marco se aplica a cualquier bien susceptible de ser heredado. Si un elemento digital tiene valor patrimonial o económico y puede ser transferido, se aplican las reglas de sucesión. No obstante, los activos digitales, como las cuentas de redes sociales, las criptomonedas y los archivos digitales, no están contemplados explícitamente en la legislación georgiana.»

    ↩ Volver al texto
  5. 5

    En virtud del Código Civil, el notario: abre la sucesión al fallecimiento; verifica el testamento (en su caso) o aplica las reglas de la sucesión intestada; expide el certificado de herencia; identifica y autentica a los herederos, garantizando sus derechos sobre los bienes del difunto.

    ↩ Volver al texto
  6. 6

    «La intervención del notario depende entonces de la naturaleza del bien: los activos financieros digitales (criptomonedas, monederos digitales), si son identificables y heredables, son registrados por el notario como bienes de la herencia, y este puede certificar su transferencia a los herederos. Sin embargo, el acceso práctico (claves privadas) debe ser organizado por los propios herederos; el notario no puede pasar por alto las leyes de privacidad o de protección de datos. La Ley de Protección de Datos Personales (art. 8) limita el tratamiento de los datos de personas fallecidas, salvo que sea necesario con fines sucesorios. El notario no obtiene contraseñas ni claves privadas: los herederos deben proporcionarlas u obtener el acceso por medios legales. Las políticas de las plataformas (Google, Meta, Apple, etc.) exigen a menudo una orden judicial o un certificado oficial de herencia expedido por el notario para entregar los datos de la cuenta. En Georgia, hoy, la herencia digital se tramita dentro del procedimiento sucesorio general; la intervención del notario es obligatoria para expedir certificados de herencia (incluso si la herencia es puramente digital)».

    ↩ Volver al texto
  7. 7

    Ningún sistema notarial electrónico gestiona todavía directamente las «transferencias de patrimonio digital», aunque las firmas digitales y los sistemas notariales electrónicos (conforme a la Ley de Notarios) pueden utilizarse para formalizar declaraciones.

    ↩ Volver al texto
  8. 8

    Dado que no existen reglas especiales para la herencia de los activos digitales, debemos partir del hecho de que se aplican las reglas generales de sucesión establecidas en la Ley de Sucesiones; o bien, si se ha otorgado un testamento respecto de los activos digitales, puede seguirse ese testamento.

    ↩ Volver al texto
  9. 9

    El procedimiento sucesorio es llevado a cabo por un notario, pero la distribución o la transferencia de los activos digitales no forma parte, por lo general, del procedimiento sucesorio conducido por el notario.

    ↩ Volver al texto
  10. 10

    «Por ejemplo, Estonia dispone de un registro de sucesiones llevado por la Cámara de Notarios, que contiene datos sobre los testamentos, las sucesiones y los herederos. Los notarios pueden efectuar consultas en bases de datos (como el registro de población o el registro de la propiedad) para verificar los derechos y obligaciones de una persona fallecida».

    ↩ Volver al texto
  11. 11

    En Estonia existe una buena infraestructura, que proporciona la base de un «ecosistema» capaz de gestionar los activos digitales dentro de los procesos sucesorios. Por ejemplo, Estonia tiene un Registro de Sucesiones llevado por la Cámara de Notarios, que contiene datos sobre testamentos, herencias y herederos. Los notarios pueden hacer consultas en bases de datos (como el Registro de Población o el Registro de la Propiedad) para verificar los derechos y obligaciones de una persona fallecida. El sistema e-Notary permite a los notarios realizar estos procedimientos digitalmente. Estonia tiene un sistema de identidad electrónica (e-ID) bien desarrollado y la capa de intercambio de datos X-Road (X-tee) permite la transferencia segura de datos entre organismos gubernamentales. El sistema jurídico estonio establece reglas claras para la herencia, y las leyes que rigen la protección de datos y los registros (como la Ley de Protección de Datos Personales) garantizan el tratamiento seguro de la información. Sin embargo, los activos digitales (por ejemplo, tenencias de criptomonedas, cuentas de redes sociales) no están todavía cubiertos por el derecho sucesorio estonio. Las condiciones para futuros marcos jurídicos que podrían formalizar la herencia de los activos y de las cuentas digitales existen, pero la legislación no. Estonia no tiene todavía una regulación específica sobre la herencia digital.

    ↩ Volver al texto
  12. 12

    «Los parientes o los herederos del difunto pueden ponerse en contacto individualmente con el responsable del tratamiento y organizar la transferencia o la supresión de los datos. Actualmente no se prevé ninguna base jurídica en el derecho nacional».

    ↩ Volver al texto
  13. 13

    «El Notariado de Letonia opera dos plataformas para almacenar y gestionar los datos de los clientes: “DigiNotārs” (en inglés, DigiNotary), una plataforma para programar y organizar citas con clientes en línea, en formato de videoconferencia, y para almacenar y gestionar la información de los clientes. Esto incluye los datos de contacto del cliente y una lista de los documentos que se le han expedido (esta última visible solo para el cliente). “NIIS” (en inglés, Internal Information System of Notaries), una plataforma para realizar verificaciones de datos de clientes, actualizar datos, obtener datos de registros públicos y redactar documentos. Actualmente no se utiliza ninguna plataforma para transferir datos personales digitales ni activos digitales».

    ↩ Volver al texto
  14. 14

    El certificado de herencia de la persona fallecida puede ser expedido por un notario (los jueces de los tribunales de paz también están autorizados, pero la gente considera más eficientes a los notarios, por lo que prefiere obtener este documento de un notario aunque el arancel sea algo más alto). Los herederos pueden acceder a la información sobre los inmuebles, las cuentas bancarias y las pólizas de seguro, etc., del difunto a través de sus propias cuentas de administración electrónica utilizando este certificado de herencia.

    ↩ Volver al texto